¿Su propiedad sufrió daños por el terremoto?

Publicado el 19 de marzo de 2010

Existe un procedimiento formal que debe conocer para utilizar el seguro de sismo que cubre daños del inmueble.

Si está pagando un crédito hipotecario lo más probable es que cuente con un seguro de sismo que cubre daños del inmueble. Si bien estos seguros no son de contratación obligatoria, la mayoría de los créditos otorgados por los bancos tienen seguro de incendio con adicional de sismo.

¿Dónde encontrar la información necesaria?

Entre los antecedentes entregados al momento de contratar el crédito hipotecario se encuentran los documentos relativos a los seguros. En ellos se especifican sus condiciones básicas, por tanto, le permitirán aclarar la cobertura del seguro de incendio con sismo si lo hubiere contratado, los datos de la compañía aseguradora y el procedimiento a seguir. Sin embargo, es posible que atendidos los plazos transcurridos y las circunstancias que se viven no posea estos documentos, por tanto, es recomendable que tome contacto con el banco y obtendrá toda la información que necesita.

Recuerde conservar los datos de su gestión de denuncio de siniestro, como el número de ingreso, la fecha y la persona que le atendió.

¿En qué me protege?

La cobertura depende del monto de capital asegurado que normalmente coincide con el valor de la tasación del inmueble efectuada por el banco.

Los seguros protegen la garantía constituida a favor del banco, es decir, el bien inmueble hipotecado, razón por la que el seguro se va a destinar a reparar la vivienda si ésta lo requiere y hasta el monto asegurado, sin embargo, todo depende de lo estipulado en la póliza. Si mantiene dudas puede aclararlas con el Banco o la Compañía aseguradora.

¿Debo pagar algo?

El único monto que debería cancelar es el deducible. Considérelo al tomar sus decisiones ya que será de su cargo. El deducible es la cantidad o fracción porcentual que no es indemnizable por el asegurador.

Por ejemplo, si la reparación de sus daños tiene un costo de $ 1.500.000, pero el deducible indicado en la póliza es de $ 500.000, usted pagará el valor del deducible y la compañía aseguradora pagará la diferencia ($1.000.000). En todo caso, cada situación depende de lo pactado en la póliza respectiva.

Tenga presente que...

A raíz de la contingencia surgida por el terremoto, las entidades bancarias habilitaron números de emergencia para hacer más expedito el trámite (ver documento - PDF: 2.7 Mb). Trate de agilizar la denuncia del siniestro y aportar todos los antecedentes posibles para que pueda exigir oportuna respuesta.

Otros sitios de SBIF

  • BancaFacil.cl Sitio educativo de SBIF
  • SBIF.cl Sitio de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras